18 diciembre, 2024
Interes General

Cuánto es la multa por no ir a votar en las elecciones del domingo

Los ciudadanos deberán concurrir a los centros de votación el domingo 14 de noviembre para ejercer su derecho al voto, con el que elegirán a los candidatos que los representarán en la Cámara de Diputados y Senadores, de acuerdo a la provincia en donde lo emitan.
Al tratarse de una obligación civil, la Cámara Nacional Electoral creó el Registro de Infractores para aquellos que se ausenten y no cumplan con la obligatoriedad de las elecciones 2021.
La multa quedará exceptuada para los mayores de 70 años y quienes tengan síntomas compatibles con el coronavirus, entre otros.
Según indica el Código Nacional Electoral en el artículo 125, el electorado de entre 18 y 70 años que se ausente podrá ser multado por un valor de $50 a $500.
En tanto no se abone dicho dinero, los ciudadanos figurarán como infractores. Es decir, no podrán hacer trámites durante un año y tampoco podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años.
Frente a ello, la Cámara Nacional Electoral creó el Registro de Infractores para justificar, ante la justicia nacional electoral, dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección. De esta manera, se podrá saldar la deuda y realizar el trámite de justificación.

Están exentos de votar

Enfermos o imposibilitados por fuerza mayor que les impida asistir al acto. Esto deberá ser justificado por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares
Jueces o auxiliares de la justicia que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras durante la jornada comicial
Personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que impidan su asistencia. En este caso, el representante legal deberá comunicarse con el Ministerio del Interior y Transporte con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación
Ciudadanos contagiados de Covid-19, contactos estrechos o con síntomas compatibles de dicha enfermedad. La misma excepción se aplicará en los grupos de riesgo, que por indicación médica deban evitar los lugares con movimiento de gente

Registro de Infractores

El Registro de Infractores al deber de votar puede consultarse de manera online. Si no votaste en las PASO de este año, tenés tiempo hasta el 11 de noviembre para presentar un certificado que justifique la ausencia en el acto electoral.
El certificado debe ser presentado ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que corresponda. Omitir el registro de la no emisión del voto tendrá como penalidad la inhibición para realizar trámites durante el período de un año en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; a menos que se abone una multa monetaria que tendrá valor de $50.
Recordá que votar en las elecciones generales del mes de noviembre es obligatorio y también es tu derecho; por lo que si no concurriste en las PASO vas a poder hacerlo en las generales.

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