Producto de la pandemia del Covid-19 y la emergencia sanitaria, las PASO de las elecciones legislativas, que originalmente se llevan a cabo en el mes de agosto, tendrán lugar el 12 de septiembre y la Justicia Electoral ya dio a conocer el padrón.
Ya a menos de un mes de las elecciones, elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO): como de costumbre, y a pesar del contexto epidemiológico, el voto es 100% obligatorio y aquellos que no se presenten recibirán una multa por infracción.
El voto en las PASO es obligatorio para todas las personas de 18 años de edad, o más. Quienes se hayan ausentado, además de la multa, quedarán imposibilitados de cumplir con ciertos derechos civiles.
Hay algunas excepciones, en donde los ciudadanos están legalmente exceptuados de votar:
Si uno está a más de 500 kilómetros del lugar de votación con un motivo razonable. En este caso, deberá acercarse a una comisaría para tramitar el certificado de no voto, el cual deberá ser cargado en la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE).
Jueces y auxiliares que deban mantener abiertas sus oficinas durante la fecha.
Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor. Las mismas deberán ser comprobadas por médicos del servicio de sanidad nacional o, en su defecto, médicos oficiales, provinciales, municipales, o médicos particulares.
Personal de empresas y organismos de servicios públicos que, por el cumplimiento de sus tareas, no puedan acudir a los comicios.
Qué pasa si tengo Covid
Las autoridades electorales señalaron que las personas contagiadas de coronavirus o quienes sean casos sospechosos no estarán obligados a votar.
El comunicado oficial de la CNE indicó: «En caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con Covid-19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de Covid-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo».
En caso de querer votar igual, cada distrito se hará cargo de los mecanismos para facilitar el voto: «El juez federal electoral determinará el procedimiento de emisión de voto para aquellas personas que, eventualmente y pese a estar comprendidas en lo previsto en el párrafo anterior, exijan ejercer su derecho al sufragio. El procedimiento deberá garantizar las medidas de higiene y distanciamiento adecuadas para prevenir el contagio y preservar la salud de las demás personas».
No puedo ir a votar: cómo aviso
Quienes se hayan ausentado tendrán un lapso de 60 días para cargar la documentación que justifique la ausencia. De no hacerlo, la persona quedará registrada como infractor y deberá abonar una multa de $ 50 para las PASO y de $ 100 en las elecciones generales.
La ausencia puede justificarse de manera online a través de la página de infractores, en la que cualquier persona puede consultar su estado como infractor o no:
Ingresar a la página infractores.padron.gob.ar
Completar los datos con número de documento, sexo y distrito e ingresar el código de verificación. Luego, clickear en el botón «Consultar».